🧰 Qué hay que llevar en el auto: lo obligatorio y el botiquín
Lo obligatorio por ley, el botiquín y lo que conviene sumar.
Revisado el 20 de octubre de 2026 · Compartir por WhatsApp
Obligatorio en todo auto
Ley de Tránsito, art. 75, y Decreto 22 de 2006 del Ministerio de Transportes. Si falta alguno, te pueden multar.
- Extintor de incendio. Que esté cargado (la aguja del manómetro en verde) y vigente, bien sujeto y donde lo alcances.
- Dos triángulos reflectantes, para poner uno adelante y otro atrás si quedas en pana.
- Chaleco de alta visibilidad: amarillo fluorescente, con bandas reflectantes de al menos 50 mm, y guardado donde lo alcances desde adentro del auto, no en el portamaletas. Póntelo siempre que bajes a la calzada o a la berma libro, p. 106.
- Rueda de repuesto en buen estado y las herramientas para cambiarla (gata y llave), salvo las excepciones del reglamento.
El botiquín
Junto con dos cuñas, es obligatorio en los vehículos de carga, de locomoción colectiva y de transporte escolar. En un auto particular no lo exige la ley, pero conviene llevarlo:
- Gasas y apósitos estériles, vendas, tela adhesiva y parches curita.
- Suero fisiológico para lavar heridas y guantes desechables.
- Tijeras de punta roma y una manta térmica (de las plateadas).
- Tus remedios personales, si tomas alguno.
Revisa las fechas de vencimiento una vez al año.
Conviene sumar
- Cables para pasar corriente y una linterna con pilas.
- Guantes de trabajo, un paño y agua.
- Fusibles y ampolletas de repuesto.
- Un cargador de celular para el auto.
- Si vas a la cordillera en invierno, cadenas: en varios caminos de montaña se exige llevarlas.